Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en La Pobla de Vallbona

Abogados para Exequátur de Divorcio en La Pobla de Vallbona

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en La Pobla de Vallbona


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en La Pobla de Vallbona, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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Con el procedimiento de Exequátur, nuestro ordenamiento jurídico busca garantizar que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las garantías necesarias para su reconocimiento y posterior ejecución en España de dicha sentencia.

La Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional es la que regula en nuestro país el procedimiento de exequátur, por tanto, es importante contar con los servicios de abogados especialistas en procedimiento de exequátur en La Pobla de Vallbona, que tengan amplia experiencia en aplicar la Ley 29/2015, en TeDivorcio.com somos abogados expertos en este tipo de procedimientos.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


A continuación le detallamos los efectos que produce el reconocimiento de una sentencia extranjera en España:

Efecto Registral. El reconocimiento de la sentencia de divorcio extranjera en España deriva en la inscripción del divorcio en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto se traduce en que el divorcio dictado en el extranjero se reconoce en España e impide que los Tribunales españoles vuelvan a tener conocimiento de un divorcio, separación o nulidad que ya ha sido resuelto por un juez extranjero.

Efecto Constitutivo. Se inscribirá en el Registro Civil español, lo que dota de un efecto jurídico frente a terceros en todo el territorio español.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibiremos toda la documentación, la cual debe estar debidamente apostillada y traducida, si es su caso (los países latinos no necesitan traducción), se presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera (es decir, exequátur) en el Juzgado correspondiente al lugar donde se desea que se despliegue sus efectos, y le enviaremos una copia sellada por el Juzgado.

El Juzgado seguro admite a trámite la solicitud de exequátur y notificará a su ex-pareja la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera realizado por usted, por lo que es muy importante conocer su domicilio exacto y sin lugar a dudas, para evitar excesivos retrasos del procedimiento, ya de por si algo complejo procesalmente, ya que no es recomendable solicitar comisiones rogatorias a otros países, pues son muy lentas,

Una vez se haya procedido a notificar a su ex-pareja, se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal la solicitud de exequátur, para que este compruebe que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las homologaciones de nuestro ordenamiento jurídico.

Y llegados a este punto, solo falta esperar a que el Juzgado  dicte sentencia con la concesión del exequátur, procediendo a inscribir (de oficio o lo que es lo mismo: El Juzgado dará orden para que su nuevo estado civil se inscriba en el registro que corresponda a La Pobla de Vallbona) su nuevo estado civil en el Registro civil.

El tiempo aproximado que tarda en resolverse el procedimiento de exequátur, desde la presentación de la Solicitud en el Juzgado hasta que se concede el exequátur, puede oscilar entre algunos meses hasta incluso año y medio, siempre dependiendo del volumen de asuntos del Juzgado, las posibilidades de notificación y la entrega de la debida documentación.

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