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Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en San Sadurniño

Abogados para Exequátur de Divorcio en San Sadurniño

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en San Sadurniño


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en San Sadurniño, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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Con el procedimiento de Exequátur, nuestro ordenamiento jurídico busca garantizar que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las garantías necesarias para su reconocimiento y posterior ejecución en España de dicha sentencia.

La Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional es la que regula en nuestro país el procedimiento de exequátur, por tanto, es importante contar con los servicios de abogados especialistas en procedimiento de exequátur en San Sadurniño, que tengan amplia experiencia en aplicar la Ley 29/2015, en TeDivorcio.com somos abogados expertos en este tipo de procedimientos.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


A continuación le detallamos los efectos que produce el reconocimiento de una sentencia extranjera en España:

Efecto Registral. El reconocimiento de la sentencia de divorcio extranjera en España deriva en la inscripción del divorcio en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto se traduce en que el divorcio dictado en el extranjero se reconoce en España e impide que los Tribunales españoles vuelvan a tener conocimiento de un divorcio, separación o nulidad que ya ha sido resuelto por un juez extranjero.

Efecto Constitutivo. Se inscribirá en el Registro Civil español, lo que dota de un efecto jurídico frente a terceros en todo el territorio español.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibimos la documentación, la que debe estar apostillada debidamente y traducida si no es lengua española, y presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera, o lo que es lo mismo exequátur, en el Juzgado que corresponda al lugar donde deben aplicarse sus efectos, donde pondremos a su disposición una copia firmada por el Juzgado.

El Juzgado admite a trámite la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera, o también conocido como exequátur, y notifica debidamente a su ex, su intención de solicitar el reconocimiento de sentencia de país extranjero en nuestro país (España), y evitamos los favores por parte de terceros países son comisiones rogatorias tediosas y complicadas.

Una vez se haya notificado a la parte contraria, se dará traslado a la fiscalía, para que esta compruebe que la sentencia se ajusta a la legislación española.

Así las cosas, lo siguiente es esperar la homologación de la sentencia dictada en el extranjero (exequátur) por parte del Juzgado, donde una vez concedido el exequátur, dará orden de inscribir de forma automática su nuevo estado civil en el registro civil de San Sadurniño, lo cual tiene efectos en toda España.

El tiempo en conceder el exequátur oscila entre 6 meses, hasta 18 meses, siempre aproximado, ya que depende del volumen de trabajo del Juzgado, la entrega correcta de la documentación así como las notificaciones positivas a cada una de las partes.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Sada

Abogados para Exequátur de Divorcio en Sada

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Sada


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Sada, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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El fin último del exequátur es tanto el reconocimiento como la ejecución en España de una sentencia dictada por los tribunales de un país extranjero.

La Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional es la que regula en nuestro país el procedimiento de exequátur, por tanto, es importante contar con los servicios de abogados especialistas en procedimiento de exequátur en Sada, que tengan amplia experiencia en aplicar la Ley 29/2015, en TeDivorcio.com somos abogados expertos en este tipo de procedimientos.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


A continuación le detallamos los efectos que produce el reconocimiento de una sentencia extranjera en España:

Efecto Registral. El reconocimiento de la sentencia de divorcio extranjera en España deriva en la inscripción del divorcio en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto se traduce en que el divorcio dictado en el extranjero se reconoce en España e impide que los Tribunales españoles vuelvan a tener conocimiento de un divorcio, separación o nulidad que ya ha sido resuelto por un juez extranjero.

Efecto Constitutivo. Se inscribirá en el Registro Civil español, lo que dota de un efecto jurídico frente a terceros en todo el territorio español.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibiremos toda la documentación, la cual debe estar debidamente apostillada y traducida, si es su caso (los países latinos no necesitan traducción), se presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera (es decir, exequátur) en el Juzgado correspondiente al lugar donde se desea que se despliegue sus efectos, y le enviaremos una copia sellada por el Juzgado.

El Juzgado seguro admite a trámite la solicitud de exequátur y notificará a su ex-pareja la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera realizado por usted, por lo que es muy importante conocer su domicilio exacto y sin lugar a dudas, para evitar excesivos retrasos del procedimiento, ya de por si algo complejo procesalmente, ya que no es recomendable solicitar comisiones rogatorias a otros países, pues son muy lentas,

Una vez se haya notificado a la parte contraria, se dará traslado a la fiscalía, para que esta compruebe que la sentencia se ajusta a la legislación española.

Y por último, el Juzgado concederá el exequátur si lo cree conveniente, y se  inscribirá de oficio (automáticamente) en el Registro Civil que corresponda a Sada, modificando así su estado civil.

El tiempo aproximado que tarda en resolverse el procedimiento de exequátur, desde la presentación de la Solicitud en el Juzgado hasta que se concede el exequátur, puede oscilar entre algunos meses hasta incluso año y medio, siempre dependiendo del volumen de asuntos del Juzgado, las posibilidades de notificación y la entrega de la debida documentación.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Rois

Abogados para Exequátur de Divorcio en Rois

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Rois


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Rois, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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Para que una sentencia dictada por un país extranjero tenga efectos jurídicos en España, esta debe cumplir ciertos requisitos que garanticen que lo dictado en ella se basa en legislación acorde a nuestro ordenamiento jurídico.

El procedimiento de exequátur está regulado en la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional. Por tanto, es importante tener presente que legislación aplicar, y ser abogado especialista en procedimientos de exequatur en Rois, y aplicar la nueva Ley 29/2015.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Estos son los efectos que se derivan del reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de una sentencia dictada por un juez extranjero:

Efecto Registral. Se inscribe su divorcio en el Registro Civil Español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto significa que su divorcio, separación o nulidad ya no podrá ser conocido por parte de los Tribunales Españoles, es decir, no será posible iniciar esta misma demanda de divorcio en España, ya que se decretó el divorcio con anterioridad en el país extranjero, y resuelto por el Juez extranjero. Tendrá plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo. Se permitirá inscribir en el Registro Civil Español, lo que posibilita que esto esté dotado de efectos jurídicos ante terceros en todo el territorio nacional.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibiremos toda la documentación, la cual debe estar debidamente apostillada y traducida, si es su caso (los países latinos no necesitan traducción), se presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera (es decir, exequátur) en el Juzgado correspondiente al lugar donde se desea que se despliegue sus efectos, y le enviaremos una copia sellada por el Juzgado.

El Juzgado deberá admitir a trámite la solicitud y deberá notificar a su ex-pareja en el país en el que tenga fijado el domicilio, donde es muy importante conocer el domicilio efectivo de su ex, para evitar retrasos excesivos en el procedimiento, evitando comisiones rogatorias a terceros países con lo que ello conlleva,

Una vez se haya procedido a notificar a su ex-pareja, se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal la solicitud de exequátur, para que este compruebe que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las homologaciones de nuestro ordenamiento jurídico.

Y llegados a este punto, solo falta esperar a que el Juzgado  dicte sentencia con la concesión del exequátur, procediendo a inscribir (de oficio o lo que es lo mismo: El Juzgado dará orden para que su nuevo estado civil se inscriba en el registro que corresponda a Rois) su nuevo estado civil en el Registro civil.

El tiempo aproximado que tarda en resolverse el procedimiento de exequátur, desde la presentación de la Solicitud en el Juzgado hasta que se concede el exequátur, puede oscilar entre algunos meses hasta incluso año y medio, siempre dependiendo del volumen de asuntos del Juzgado, las posibilidades de notificación y la entrega de la debida documentación.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Ribeira

Abogados para Exequátur de Divorcio en Ribeira

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Ribeira


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Ribeira, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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Para que una sentencia dictada por un país extranjero tenga efectos jurídicos en España, esta debe cumplir ciertos requisitos que garanticen que lo dictado en ella se basa en legislación acorde a nuestro ordenamiento jurídico.

El procedimiento de exequátur está regulado en la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional. Por tanto, es importante tener presente que legislación aplicar, y ser abogado especialista en procedimientos de exequatur en Ribeira, y aplicar la nueva Ley 29/2015.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


A continuación le detallamos los efectos que produce el reconocimiento de una sentencia extranjera en España:

Efecto Registral. El reconocimiento de la sentencia de divorcio extranjera en España deriva en la inscripción del divorcio en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto se traduce en que el divorcio dictado en el extranjero se reconoce en España e impide que los Tribunales españoles vuelvan a tener conocimiento de un divorcio, separación o nulidad que ya ha sido resuelto por un juez extranjero.

Efecto Constitutivo. Se inscribirá en el Registro Civil español, lo que dota de un efecto jurídico frente a terceros en todo el territorio español.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Una vez recibamos la documentación, con la debida Apostilla de la Haya, y traducida si es necesario (solo las lenguas extranjeras deben hacerlo, los países latinos no), se presentará una solicitud de Homologación de sentencia extranjera, o lo que es lo mismo: exequátur, siendo el Juzgado de la zona donde quiera aplicar sus efectos donde debe presentarse, poniendo nosotros a su disposición una copia sellada por el Juzgado cuando así usted lo necesite.

El Juzgado deberá admitir a trámite la solicitud y deberá notificar a su ex-pareja en el país en el que tenga fijado el domicilio, donde es muy importante conocer el domicilio efectivo de su ex, para evitar retrasos excesivos en el procedimiento, evitando comisiones rogatorias a terceros países con lo que ello conlleva,

Una vez se haya procedido a notificar a su ex-pareja, se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal la solicitud de exequátur, para que este compruebe que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las homologaciones de nuestro ordenamiento jurídico.

Así las cosas, lo siguiente es esperar la homologación de la sentencia dictada en el extranjero (exequátur) por parte del Juzgado, donde una vez concedido el exequátur, dará orden de inscribir de forma automática su nuevo estado civil en el registro civil de Ribeira, lo cual tiene efectos en toda España.

Es un procedimiento complejo procesalmente, lo que conlleva cierto tiempo de resolución, en concreto, el tiempo aproximado de resolución del exequátur varía entre 6 meses hasta año y medio, dependiendo el Juzgado, del volumen de trabajo de este, y de las notificaciones a cada parte, así como a presentar toda la documentación requerida de forma correcta.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Rianxo

Abogados para Exequátur de Divorcio en Rianxo

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Rianxo


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Rianxo, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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Para que una sentencia dictada por un país extranjero tenga efectos jurídicos en España, esta debe cumplir ciertos requisitos que garanticen que lo dictado en ella se basa en legislación acorde a nuestro ordenamiento jurídico.

La Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional es la que regula en nuestro país el procedimiento de exequátur, por tanto, es importante contar con los servicios de abogados especialistas en procedimiento de exequátur en Rianxo, que tengan amplia experiencia en aplicar la Ley 29/2015, en TeDivorcio.com somos abogados expertos en este tipo de procedimientos.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Le detallamos los efectos que tendrá el reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de la sentencia dictada por un Juez extranjero:

Efecto Registral. Se permite que se registre en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Muy importante, ya que esto significa que respecto a su divorcio, separación o nulidad ya no se podrá interponer demanda en los Tribunales Españoles, es decir, los Jueces españoles ya no podrán conocer sobre ese asunto, debido a que ha sido juzgado por un Tribunal extranjero y la sentencia dictada por este tiene plena validez jurídica en España, teniendo plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo.Se permite que dicha sentencia sea reconocida y el divorcio, separación o nulidad sea inscrito en el Registro Civil Español, lo que permite que tenga efectos jurídicos ante terceros en toda España.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibiremos toda la documentación, la cual debe estar debidamente apostillada y traducida, si es su caso (los países latinos no necesitan traducción), se presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera (es decir, exequátur) en el Juzgado correspondiente al lugar donde se desea que se despliegue sus efectos, y le enviaremos una copia sellada por el Juzgado.

El Juzgado seguro admite a trámite la solicitud de exequátur y notificará a su ex-pareja la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera realizado por usted, por lo que es muy importante conocer su domicilio exacto y sin lugar a dudas, para evitar excesivos retrasos del procedimiento, ya de por si algo complejo procesalmente, ya que no es recomendable solicitar comisiones rogatorias a otros países, pues son muy lentas,

Una vez se haya procedido a notificar a su ex-pareja, se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal la solicitud de exequátur, para que este compruebe que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las homologaciones de nuestro ordenamiento jurídico.

Y llegados a este punto, solo falta esperar a que el Juzgado  dicte sentencia con la concesión del exequátur, procediendo a inscribir (de oficio o lo que es lo mismo: El Juzgado dará orden para que su nuevo estado civil se inscriba en el registro que corresponda a Rianxo) su nuevo estado civil en el Registro civil.

El tiempo aproximado que tarda en resolverse el procedimiento de exequátur, desde la presentación de la Solicitud en el Juzgado hasta que se concede el exequátur, puede oscilar entre algunos meses hasta incluso año y medio, siempre dependiendo del volumen de asuntos del Juzgado, las posibilidades de notificación y la entrega de la debida documentación.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Porto do Son

Abogados para Exequátur de Divorcio en Porto do Son

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Porto do Son


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Porto do Son, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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Para que una sentencia dictada por un país extranjero tenga efectos jurídicos en España, esta debe cumplir ciertos requisitos que garanticen que lo dictado en ella se basa en legislación acorde a nuestro ordenamiento jurídico.

La Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional es la que regula en nuestro país el procedimiento de exequátur, por tanto, es importante contar con los servicios de abogados especialistas en procedimiento de exequátur en Porto do Son, que tengan amplia experiencia en aplicar la Ley 29/2015, en TeDivorcio.com somos abogados expertos en este tipo de procedimientos.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Le detallamos los efectos que tendrá el reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de la sentencia dictada por un Juez extranjero:

Efecto Registral. Se permite que se registre en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Muy importante, ya que esto significa que respecto a su divorcio, separación o nulidad ya no se podrá interponer demanda en los Tribunales Españoles, es decir, los Jueces españoles ya no podrán conocer sobre ese asunto, debido a que ha sido juzgado por un Tribunal extranjero y la sentencia dictada por este tiene plena validez jurídica en España, teniendo plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo.Se permite que dicha sentencia sea reconocida y el divorcio, separación o nulidad sea inscrito en el Registro Civil Español, lo que permite que tenga efectos jurídicos ante terceros en toda España.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibiremos toda la documentación, la cual debe estar debidamente apostillada y traducida, si es su caso (los países latinos no necesitan traducción), se presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera (es decir, exequátur) en el Juzgado correspondiente al lugar donde se desea que se despliegue sus efectos, y le enviaremos una copia sellada por el Juzgado.

El Juzgado deberá admitir a trámite la solicitud y deberá notificar a su ex-pareja en el país en el que tenga fijado el domicilio, donde es muy importante conocer el domicilio efectivo de su ex, para evitar retrasos excesivos en el procedimiento, evitando comisiones rogatorias a terceros países con lo que ello conlleva,

Una vez se haya procedido a notificar a su ex-pareja, se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal la solicitud de exequátur, para que este compruebe que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las homologaciones de nuestro ordenamiento jurídico.

Y llegados a este punto, solo falta esperar a que el Juzgado  dicte sentencia con la concesión del exequátur, procediendo a inscribir (de oficio o lo que es lo mismo: El Juzgado dará orden para que su nuevo estado civil se inscriba en el registro que corresponda a Porto do Son) su nuevo estado civil en el Registro civil.

El tiempo aproximado que tarda en resolverse el procedimiento de exequátur, desde la presentación de la Solicitud en el Juzgado hasta que se concede el exequátur, puede oscilar entre algunos meses hasta incluso año y medio, siempre dependiendo del volumen de asuntos del Juzgado, las posibilidades de notificación y la entrega de la debida documentación.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en As Pontes de García Rodríguez

Abogados para Exequátur de Divorcio en As Pontes de García Rodríguez

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en As Pontes de García Rodríguez


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en As Pontes de García Rodríguez, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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Con el procedimiento de Exequátur, nuestro ordenamiento jurídico busca garantizar que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las garantías necesarias para su reconocimiento y posterior ejecución en España de dicha sentencia.

El procedimiento de exequátur tiene cierta complejidad jurídica, está regulado en la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional, por tanto, es importante contar con un abogado especializado en exequátur en As Pontes de García Rodríguez, que tengan amplia experiencia en aplicar la Ley 29/2015, en TeDivorcio.com somos abogados expertos en procedimientos exequátur de reconocimiento de sentencias de divorcio dictadas en el extranjero.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Estos son los efectos que se derivan del reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de una sentencia dictada por un juez extranjero:

Efecto Registral. Se inscribe su divorcio en el Registro Civil Español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto significa que su divorcio, separación o nulidad ya no podrá ser conocido por parte de los Tribunales Españoles, es decir, no será posible iniciar esta misma demanda de divorcio en España, ya que se decretó el divorcio con anterioridad en el país extranjero, y resuelto por el Juez extranjero. Tendrá plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo. Se permitirá inscribir en el Registro Civil Español, lo que posibilita que esto esté dotado de efectos jurídicos ante terceros en todo el territorio nacional.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibimos la documentación, la que debe estar apostillada debidamente y traducida si no es lengua española, y presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera, o lo que es lo mismo exequátur, en el Juzgado que corresponda al lugar donde deben aplicarse sus efectos, donde pondremos a su disposición una copia firmada por el Juzgado.

El Juzgado seguro admite a trámite la solicitud de exequátur y notificará a su ex-pareja la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera realizado por usted, por lo que es muy importante conocer su domicilio exacto y sin lugar a dudas, para evitar excesivos retrasos del procedimiento, ya de por si algo complejo procesalmente, ya que no es recomendable solicitar comisiones rogatorias a otros países, pues son muy lentas,

Una vez se haya notificado a la parte contraria, se dará traslado a la fiscalía, para que esta compruebe que la sentencia se ajusta a la legislación española.

Y llegados a este punto, solo falta esperar a que el Juzgado  dicte sentencia con la concesión del exequátur, procediendo a inscribir (de oficio o lo que es lo mismo: El Juzgado dará orden para que su nuevo estado civil se inscriba en el registro que corresponda a As Pontes de García Rodríguez) su nuevo estado civil en el Registro civil.

El tiempo en conceder el exequátur oscila entre 6 meses, hasta 18 meses, siempre aproximado, ya que depende del volumen de trabajo del Juzgado, la entrega correcta de la documentación así como las notificaciones positivas a cada una de las partes.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Pontedeume

Abogados para Exequátur de Divorcio en Pontedeume

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Pontedeume


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Pontedeume, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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El fin último del exequátur es tanto el reconocimiento como la ejecución en España de una sentencia dictada por los tribunales de un país extranjero.

El procedimiento de reconocimiento de sentencias extranjeras o exequátur está regulado en la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional. Es importante contar con abogados especialistas en exequátur en Pontedeume, desde TeDivorcio.com tenemos amplia experiencia en este tipo de procedimientos complejos, donde es importante saber aplicar la nueva Ley 29/2015.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


A continuación le detallamos los efectos que produce el reconocimiento de una sentencia extranjera en España:

Efecto Registral. El reconocimiento de la sentencia de divorcio extranjera en España deriva en la inscripción del divorcio en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto se traduce en que el divorcio dictado en el extranjero se reconoce en España e impide que los Tribunales españoles vuelvan a tener conocimiento de un divorcio, separación o nulidad que ya ha sido resuelto por un juez extranjero.

Efecto Constitutivo. Se inscribirá en el Registro Civil español, lo que dota de un efecto jurídico frente a terceros en todo el territorio español.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Una vez recibamos la documentación, con la debida Apostilla de la Haya, y traducida si es necesario (solo las lenguas extranjeras deben hacerlo, los países latinos no), se presentará una solicitud de Homologación de sentencia extranjera, o lo que es lo mismo: exequátur, siendo el Juzgado de la zona donde quiera aplicar sus efectos donde debe presentarse, poniendo nosotros a su disposición una copia sellada por el Juzgado cuando así usted lo necesite.

El Juzgado admite a trámite la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera, o también conocido como exequátur, y notifica debidamente a su ex, su intención de solicitar el reconocimiento de sentencia de país extranjero en nuestro país (España), y evitamos los favores por parte de terceros países son comisiones rogatorias tediosas y complicadas.

Tras ser notificada a la parte contraria, se deberá dar traslado al Ministerio Fiscal,  para asegurar que la sentencia que se desea homologar se ajusta a la Ley española.

Así las cosas, lo siguiente es esperar la homologación de la sentencia dictada en el extranjero (exequátur) por parte del Juzgado, donde una vez concedido el exequátur, dará orden de inscribir de forma automática su nuevo estado civil en el registro civil de Pontedeume, lo cual tiene efectos en toda España.

Es un procedimiento complejo procesalmente, lo que conlleva cierto tiempo de resolución, en concreto, el tiempo aproximado de resolución del exequátur varía entre 6 meses hasta año y medio, dependiendo el Juzgado, del volumen de trabajo de este, y de las notificaciones a cada parte, así como a presentar toda la documentación requerida de forma correcta.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Ponteceso

Abogados para Exequátur de Divorcio en Ponteceso

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Ponteceso


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Ponteceso, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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Con el procedimiento de Exequátur, nuestro ordenamiento jurídico busca garantizar que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las garantías necesarias para su reconocimiento y posterior ejecución en España de dicha sentencia.

El procedimiento de reconocimiento de sentencias extranjeras o exequátur está regulado en la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional. Es importante contar con abogados especialistas en exequátur en Ponteceso, desde TeDivorcio.com tenemos amplia experiencia en este tipo de procedimientos complejos, donde es importante saber aplicar la nueva Ley 29/2015.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Estos son los efectos que se derivan del reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de una sentencia dictada por un juez extranjero:

Efecto Registral. Se inscribe su divorcio en el Registro Civil Español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto significa que su divorcio, separación o nulidad ya no podrá ser conocido por parte de los Tribunales Españoles, es decir, no será posible iniciar esta misma demanda de divorcio en España, ya que se decretó el divorcio con anterioridad en el país extranjero, y resuelto por el Juez extranjero. Tendrá plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo. Se permitirá inscribir en el Registro Civil Español, lo que posibilita que esto esté dotado de efectos jurídicos ante terceros en todo el territorio nacional.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibimos la documentación, la que debe estar apostillada debidamente y traducida si no es lengua española, y presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera, o lo que es lo mismo exequátur, en el Juzgado que corresponda al lugar donde deben aplicarse sus efectos, donde pondremos a su disposición una copia firmada por el Juzgado.

El Juzgado admite a trámite la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera, o también conocido como exequátur, y notifica debidamente a su ex, su intención de solicitar el reconocimiento de sentencia de país extranjero en nuestro país (España), y evitamos los favores por parte de terceros países son comisiones rogatorias tediosas y complicadas.

Una vez se haya procedido a notificar a su ex-pareja, se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal la solicitud de exequátur, para que este compruebe que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las homologaciones de nuestro ordenamiento jurídico.

Así las cosas, lo siguiente es esperar la homologación de la sentencia dictada en el extranjero (exequátur) por parte del Juzgado, donde una vez concedido el exequátur, dará orden de inscribir de forma automática su nuevo estado civil en el registro civil de Ponteceso, lo cual tiene efectos en toda España.

El tiempo en conceder el exequátur oscila entre 6 meses, hasta 18 meses, siempre aproximado, ya que depende del volumen de trabajo del Juzgado, la entrega correcta de la documentación así como las notificaciones positivas a cada una de las partes.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en A Pobra do Caramiñal

Abogados para Exequátur de Divorcio en A Pobra do Caramiñal

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en A Pobra do Caramiñal


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en A Pobra do Caramiñal, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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Para que una sentencia dictada por un país extranjero tenga efectos jurídicos en España, esta debe cumplir ciertos requisitos que garanticen que lo dictado en ella se basa en legislación acorde a nuestro ordenamiento jurídico.

El procedimiento de exequátur tiene cierta complejidad jurídica, está regulado en la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional, por tanto, es importante contar con un abogado especializado en exequátur en A Pobra do Caramiñal, que tengan amplia experiencia en aplicar la Ley 29/2015, en TeDivorcio.com somos abogados expertos en procedimientos exequátur de reconocimiento de sentencias de divorcio dictadas en el extranjero.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


A continuación le detallamos los efectos que produce el reconocimiento de una sentencia extranjera en España:

Efecto Registral. El reconocimiento de la sentencia de divorcio extranjera en España deriva en la inscripción del divorcio en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto se traduce en que el divorcio dictado en el extranjero se reconoce en España e impide que los Tribunales españoles vuelvan a tener conocimiento de un divorcio, separación o nulidad que ya ha sido resuelto por un juez extranjero.

Efecto Constitutivo. Se inscribirá en el Registro Civil español, lo que dota de un efecto jurídico frente a terceros en todo el territorio español.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibiremos toda la documentación, la cual debe estar debidamente apostillada y traducida, si es su caso (los países latinos no necesitan traducción), se presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera (es decir, exequátur) en el Juzgado correspondiente al lugar donde se desea que se despliegue sus efectos, y le enviaremos una copia sellada por el Juzgado.

El Juzgado admite a trámite la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera, o también conocido como exequátur, y notifica debidamente a su ex, su intención de solicitar el reconocimiento de sentencia de país extranjero en nuestro país (España), y evitamos los favores por parte de terceros países son comisiones rogatorias tediosas y complicadas.

Una vez se haya procedido a notificar a su ex-pareja, se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal la solicitud de exequátur, para que este compruebe que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las homologaciones de nuestro ordenamiento jurídico.

Así las cosas, lo siguiente es esperar la homologación de la sentencia dictada en el extranjero (exequátur) por parte del Juzgado, donde una vez concedido el exequátur, dará orden de inscribir de forma automática su nuevo estado civil en el registro civil de A Pobra do Caramiñal, lo cual tiene efectos en toda España.

El tiempo aproximado que tarda en resolverse el procedimiento de exequátur, desde la presentación de la Solicitud en el Juzgado hasta que se concede el exequátur, puede oscilar entre algunos meses hasta incluso año y medio, siempre dependiendo del volumen de asuntos del Juzgado, las posibilidades de notificación y la entrega de la debida documentación.


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