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Abogados divorcio contencioso en Alamedilla


Abogados para divorcio contencioso – Separación contenciosa en Alamedilla y en toda España.

No lo dude, llegados a esta situación, es mejor que cada uno siga su camino.


abogados-divorcio-contencioso

Siempre es lo mejor tomar otro camino y acabar con una relación que no es positiva para ninguno de los dos.


Sus intereses son los nuestros, confie en nosotros.

En las relaciones afectivas, y en según que situaciones, cuando la convivencia y el día a día se convierte en un problema, un continuo malestar, en una situación insostenible, lo mejor es tomar la decisión y divorciarse.


 Somos abogados especializados en derecho de familia  y en procedimientos contenciosos de separación o divorcio en Alamedilla y en toda España.

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¿Como es el procedimiento de divorcio contencioso?

El divorcio contencioso es un procedimiento que está regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, en concreto, está en los artículos 769 y siguientes de esta Ley.

Se puede iniciar de forma unilateral, de forma que uno de los dos conjugues presenta una demanda de divorcio contencioso en los Juzgados de Alamedilla contra el otro cónyuge.

En la demanda se explica porque quiere solicitar el divorcio, pero no ha de justificarlo, y ha de exponer como quiere regular las relaciones familiares tras el divorcio.

Por tanto, con la demanda de divorcio contencioso, se solicitarán, entre otros requerimientos, lo siguiente:

1.Se solicita el divorcio, siendo este el motivo principal de la demanda.

2.Asignación de la patria potestad (solo en caso de tener hijos menores), como normal general, la patria potestad del menor es compartida por ambos progenitores, y esta no se pierde, a no ser que haya sentencia judicial al respecto. Puede darse el caso de perdida mediante sentencia judicial donde se dicte que el progenitor no está capacitado para hacerse cargo del menor, ya sea por un problema de drogodependencia, alcoholismo, etc … o por ser delincuente habitual, con multitud de denuncias interpuestas con el, etc …

3.Asignación de guarda y custodia. En los supuestos en que existan hijos menores se solicitará como se debe asignar la guarda y custodia, o a favor de uno de los padres, o compartida, que es lo más habitual.

4.Régimen de visitas. Es necesario establecer un régimen de visitas, así como horario de recogida y entrega del menor, estableciendo días en los que el menor estará con uno u otro progenitor.

5.Pensión de alimentos. En el caso de que usted tenga hijos dependientes económicamente de la unidad familiar, deberá asignarse una pensión alimenticia. Será necesario justificar cuales son los gastos habituales de los hijos, como son: ropa, comida, gastos de estudios, medicamentos no cubiertos por la seguridad social y demás gastos necesarios para la vida de los menores, y solicitar u ofrecer una cantidad económica determinada. Si se ha determinado una guarda y custodia compartida, y visto que los hijos pasan determinado tiempo con cada progenitor, lo habitual es que se aperture una cuenta bancaria conjunta para hacer frente a los gastos no habituales de los hijos, mientras que los gastos habituales como son comida y ropa, estarán cubiertos por el progenitor que en ese momento este a cargo de los menores.

6.Pensión compensatoria. Podría darse el caso de que uno de los cónyuges se haya dedicado de forma exclusiva a las tareas del hogar, sin desarrollar una actividad profesional, y permitiendo que el otro se desarrolle profesionalmente, en ese supuesto, podría solicitarse una pensión compensatoria, siempre y cuando exista un desequilibrio económico importante, y el cónyuge que estaba al cargo de las tareas del hogar este imposibilitado para desarrollar una actividad profesional. Esto está en desuso, ya que las familias actuales han cambiado mucho, y el esquema tradicional de hombre trabajador y mujer que se ocupa de las tareas de casa ya no se lleva, por tanto, solo en determinados supuestos muy concretos estará justificado solicitar la pensión compensatoria.

7.Uso del domicilio familiar. Es necesario determinar quien de los dos progenitores hará uso de la vivienda familiar. Como norma general, el uso de la vivienda familiar será para el padre que tenga asignada la guarda y custodia de los menores. Esto será así, incluso si la vivienda tiene la titularidad al 100 % en uno de los padres, pues siempre, y en todo caso, prima el interés del menor.

8.Reparto de los bienes restantes. Se deberá detallar, por parte del cónyuge demandante, como será el reparto de los bienes restantes.

¿Y el siguiente paso?

Se presentará la demanda en los Juzgados que sean competentes, donde, como primera opción, es el partido judicial que corresponde al último domicilio conyugal, donde una vez se admita a trámite, se le notificará la demanda a la otra parte (el otro cónyuge) dándole 20 días para que conteste a la demanda de divorcio contencioso, como así se especifica en el articulo 753 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

¿Y como es la contestación a la demanda de divorcio contencioso?

Se deberá contestar a la demanda de divorcio contencioso, donde el demandado deberá argumentar y motivar en que puntos esta de acuerdo de la demanda y en cuales no, motivando todo lo argumentado.

Este procedimiento de divorcio contencioso solo se puede instar con abogado y procurador por cada parte, donde se debe justificar con comprobantes de pagos, facturas o tickets de compra los gastos solicitados respecto a la pensión alimenticia de los menores, y previsiblemente, estos gastos serán regulares.

Con la demanda contestada, el Juzgado deberá admitirla a trámite, dando traslado a la parte contraria a fin de que esta esté en pleno conocimiento de las pretensiones de la parte contraria, señalando fecha para la vista o Juicio, donde cada una de las partes deberán defender sus posturas, alegando para ello, pruebas documentales u de otro tipo permitidas por la ley, así como testigos, si se da el caso.

Nuestros Honorarios

Nuestros honorarios por gestionar, tramitar y defender sus derechos en un procedimiento de divorcio contencioso en Alamedilla, varia en función de diferentes variables, como son las cantidades de pensión que se reclaman, bienes en propiedad del matrimonio y otras variables.

No podemos, por tanto, indicarle aquí un precio cerrado por gestionar su divorcio contencioso, pero nuestros precios son enormemente competitivos.

Le sugiero nos consulte y pida presupuesto sin ningún compromiso a través de nuestra sección de contacto, ya sea vía email, por llamada telefónica o incluso por whats App:

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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados divorcio contencioso en Agrón


Abogados para divorcio contencioso – Separación contenciosa en Agrón y en toda España.

No lo dude, llegados a esta situación, es mejor que cada uno siga su camino.


abogados-divorcio-contencioso

Siempre es lo mejor tomar otro camino y acabar con una relación que no es positiva para ninguno de los dos.


Sus intereses son los nuestros, confie en nosotros.

En las relaciones afectivas, y en según que situaciones, cuando la convivencia y el día a día se convierte en un problema, un continuo malestar, en una situación insostenible, lo mejor es tomar la decisión y divorciarse.


 Somos abogados especializados en derecho de familia  y en procedimientos contenciosos de separación o divorcio en Agrón y en toda España.

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¿Como es el procedimiento de divorcio contencioso?

El divorcio contencioso es un procedimiento que está regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, en concreto, está en los artículos 769 y siguientes de esta Ley.

Es posible, y además, es su derecho, el iniciar el procedimiento de divorcio de forma contenciosa en los Juzgados de Agrón, contra su expareja, nadie puede impedir que usted inicie el procedimiento de divorcio contencioso.

En la demanda se explica porque quiere solicitar el divorcio, pero no ha de justificarlo, y ha de exponer como quiere regular las relaciones familiares tras el divorcio.

Por tanto, con la demanda de divorcio contencioso, se solicitarán, entre otros requerimientos, lo siguiente:

1.Se solicita el divorcio, siendo este el motivo principal de la demanda.

2.Asignación de la patria potestad (solo en caso de tener hijos menores), la patria potestad, suele ser compartida por ambos padres, la patria potestad es la facultad que adquiere todo padre respecto a su hijo por el hecho de ser su progenitor, es decir, ser su padre o madre. Es posible perder esta condición en algunos supuestos, como por sentencia judicial a raíz de delitos cometidos por el progenitor, delincuente habitual, temas de alcoholismo, drogas, etc …

3.Asignación de guarda y custodia. En los casos en que haya hijos menores se solicitará que tipo de guarda y custodia se desea. Tenemos dos opciones: A favor de uno de los dos cónyuges o una guarda y custodia compartida. Lo más habitual, es que se conceda la guardia y custodia compartida por ambos.

4.Régimen de visitas. Es necesario establecer un régimen de visitas, así como horario de recogida y entrega del menor, estableciendo días en los que el menor estará con uno u otro progenitor.

5.Pensión de alimentos. En el caso de que usted tenga hijos dependientes económicamente de la unidad familiar, deberá asignarse una pensión alimenticia. Será necesario justificar cuales son los gastos habituales de los hijos, como son: ropa, comida, gastos de estudios, medicamentos no cubiertos por la seguridad social y demás gastos necesarios para la vida de los menores, y solicitar u ofrecer una cantidad económica determinada. Si se ha determinado una guarda y custodia compartida, y visto que los hijos pasan determinado tiempo con cada progenitor, lo habitual es que se aperture una cuenta bancaria conjunta para hacer frente a los gastos no habituales de los hijos, mientras que los gastos habituales como son comida y ropa, estarán cubiertos por el progenitor que en ese momento este a cargo de los menores.

6.Pensión compensatoria. Podría darse el caso de que uno de los cónyuges se haya dedicado de forma exclusiva a las tareas del hogar, sin desarrollar una actividad profesional, y permitiendo que el otro se desarrolle profesionalmente, en ese supuesto, podría solicitarse una pensión compensatoria, siempre y cuando exista un desequilibrio económico importante, y el cónyuge que estaba al cargo de las tareas del hogar este imposibilitado para desarrollar una actividad profesional. Esto está en desuso, ya que las familias actuales han cambiado mucho, y el esquema tradicional de hombre trabajador y mujer que se ocupa de las tareas de casa ya no se lleva, por tanto, solo en determinados supuestos muy concretos estará justificado solicitar la pensión compensatoria.

7.Uso del domicilio familiar. Uno de los aspectos a negociar en el procedimiento de divorcio contencioso es el uso del domicilio familiar, quien de los dos va a quedarse en este domicilio y quien debe abandonarlo. Como norma general, el uso de la vivienda familiar se le otorga al progenitor que se le concede la guarda y custodia de los hijos. Esto puede ocurrir, incluso si la vivienda es al 100% de uno de los conjugues, ya que prima el interés del menor, y se ha de asegurar que este tenga una vivienda, y por tanto, el progenitor que ostenta la guarda y custodia también podrá hacer uso exclusivo de dicha vivienda.

8.Reparto de los bienes restantes. El cónyuge que inicia la demanda, debe realizar una propuesta de reparto de los bienes restantes del matrimonio.

¿Y el siguiente paso?

Se presenta la demanda en los Juzgados que sean competentes, que son, como primera opción, donde estaba situado el último domicilio de los cónyuges, donde una vez se admita por parte del Juzgado, asignándole número de expediente, se procederá a notificar la demanda de divorcio contencioso a la otra parte, donde tendrá de plazo 20 días, como así figura en el artículo 753 de la Ley de enjuiciamiento Civil.

¿Y como es la contestación a la demanda de divorcio contencioso?

En la contestación a la demanda de divorcio contencioso, el demandado deberá argumentar en que puntos está de acuerdo de la demanda, y en que otros puntos en desacuerdo, y motivarlo.

Estamos ante un procedimiento que ambas parte deben instarlo con abogado y procurador, donde es necesario justificar lo solicitado, de forma que si solicitamos una pensión alimenticia para los menores, debemos justificar los gastos, con facturas o tickets, y estos gastos, previsiblemente, deben ser necesario que se repitan regularmente en un futuro.

Con la demanda contestada, el Juzgado deberá admitirla a trámite, dando traslado a la parte contraria a fin de que esta esté en pleno conocimiento de las pretensiones de la parte contraria, señalando fecha para la vista o Juicio, donde cada una de las partes deberán defender sus posturas, alegando para ello, pruebas documentales u de otro tipo permitidas por la ley, así como testigos, si se da el caso.

Nuestros Honorarios

Nuestros honorarios por gestionar, tramitar y defender sus derechos en un procedimiento de divorcio contencioso en Agrón, varia en función de diferentes variables, como son las cantidades de pensión que se reclaman, bienes en propiedad del matrimonio y otras variables.

No podemos, por tanto, indicarle aquí un precio cerrado por gestionar su divorcio contencioso, pero nuestros precios son enormemente competitivos.

Le sugiero nos consulte y pida presupuesto sin ningún compromiso a través de nuestra sección de contacto, ya sea vía email, por llamada telefónica o incluso por whats App:

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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Zújar

Abogados para Exequátur de Divorcio en Zújar

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Zújar


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Zújar, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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El fin último del exequátur es tanto el reconocimiento como la ejecución en España de una sentencia dictada por los tribunales de un país extranjero.

La Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional es la que regula en nuestro país el procedimiento de exequátur, por tanto, es importante contar con los servicios de abogados especialistas en procedimiento de exequátur en Zújar, que tengan amplia experiencia en aplicar la Ley 29/2015, en TeDivorcio.com somos abogados expertos en este tipo de procedimientos.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


A continuación le detallamos los efectos que produce el reconocimiento de una sentencia extranjera en España:

Efecto Registral. El reconocimiento de la sentencia de divorcio extranjera en España deriva en la inscripción del divorcio en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto se traduce en que el divorcio dictado en el extranjero se reconoce en España e impide que los Tribunales españoles vuelvan a tener conocimiento de un divorcio, separación o nulidad que ya ha sido resuelto por un juez extranjero.

Efecto Constitutivo. Se inscribirá en el Registro Civil español, lo que dota de un efecto jurídico frente a terceros en todo el territorio español.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibimos la documentación, la que debe estar apostillada debidamente y traducida si no es lengua española, y presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera, o lo que es lo mismo exequátur, en el Juzgado que corresponda al lugar donde deben aplicarse sus efectos, donde pondremos a su disposición una copia firmada por el Juzgado.

El Juzgado seguro admite a trámite la solicitud de exequátur y notificará a su ex-pareja la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera realizado por usted, por lo que es muy importante conocer su domicilio exacto y sin lugar a dudas, para evitar excesivos retrasos del procedimiento, ya de por si algo complejo procesalmente, ya que no es recomendable solicitar comisiones rogatorias a otros países, pues son muy lentas,

Tras ser notificada a la parte contraria, se deberá dar traslado al Ministerio Fiscal,  para asegurar que la sentencia que se desea homologar se ajusta a la Ley española.

Así las cosas, lo siguiente es esperar la homologación de la sentencia dictada en el extranjero (exequátur) por parte del Juzgado, donde una vez concedido el exequátur, dará orden de inscribir de forma automática su nuevo estado civil en el registro civil de Zújar, lo cual tiene efectos en toda España.

El tiempo aproximado que tarda en resolverse el procedimiento de exequátur, desde la presentación de la Solicitud en el Juzgado hasta que se concede el exequátur, puede oscilar entre algunos meses hasta incluso año y medio, siempre dependiendo del volumen de asuntos del Juzgado, las posibilidades de notificación y la entrega de la debida documentación.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en La Zubia

Abogados para Exequátur de Divorcio en La Zubia

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en La Zubia


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en La Zubia, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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Para que una sentencia dictada por un país extranjero tenga efectos jurídicos en España, esta debe cumplir ciertos requisitos que garanticen que lo dictado en ella se basa en legislación acorde a nuestro ordenamiento jurídico.

La Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional es la que regula en nuestro país el procedimiento de exequátur, por tanto, es importante contar con los servicios de abogados especialistas en procedimiento de exequátur en La Zubia, que tengan amplia experiencia en aplicar la Ley 29/2015, en TeDivorcio.com somos abogados expertos en este tipo de procedimientos.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Estos son los efectos que se derivan del reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de una sentencia dictada por un juez extranjero:

Efecto Registral. Se inscribe su divorcio en el Registro Civil Español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto significa que su divorcio, separación o nulidad ya no podrá ser conocido por parte de los Tribunales Españoles, es decir, no será posible iniciar esta misma demanda de divorcio en España, ya que se decretó el divorcio con anterioridad en el país extranjero, y resuelto por el Juez extranjero. Tendrá plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo. Se permitirá inscribir en el Registro Civil Español, lo que posibilita que esto esté dotado de efectos jurídicos ante terceros en todo el territorio nacional.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibiremos toda la documentación, la cual debe estar debidamente apostillada y traducida, si es su caso (los países latinos no necesitan traducción), se presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera (es decir, exequátur) en el Juzgado correspondiente al lugar donde se desea que se despliegue sus efectos, y le enviaremos una copia sellada por el Juzgado.

El Juzgado admite a trámite la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera, o también conocido como exequátur, y notifica debidamente a su ex, su intención de solicitar el reconocimiento de sentencia de país extranjero en nuestro país (España), y evitamos los favores por parte de terceros países son comisiones rogatorias tediosas y complicadas.

Una vez se haya notificado a la parte contraria, se dará traslado a la fiscalía, para que esta compruebe que la sentencia se ajusta a la legislación española.

Y llegados a este punto, solo falta esperar a que el Juzgado  dicte sentencia con la concesión del exequátur, procediendo a inscribir (de oficio o lo que es lo mismo: El Juzgado dará orden para que su nuevo estado civil se inscriba en el registro que corresponda a La Zubia) su nuevo estado civil en el Registro civil.

El tiempo en conceder el exequátur oscila entre 6 meses, hasta 18 meses, siempre aproximado, ya que depende del volumen de trabajo del Juzgado, la entrega correcta de la documentación así como las notificaciones positivas a cada una de las partes.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Zagra

Abogados para Exequátur de Divorcio en Zagra

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Zagra


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Zagra, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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El fin último del exequátur es tanto el reconocimiento como la ejecución en España de una sentencia dictada por los tribunales de un país extranjero.

El procedimiento de exequátur tiene cierta complejidad jurídica, está regulado en la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional, por tanto, es importante contar con un abogado especializado en exequátur en Zagra, que tengan amplia experiencia en aplicar la Ley 29/2015, en TeDivorcio.com somos abogados expertos en procedimientos exequátur de reconocimiento de sentencias de divorcio dictadas en el extranjero.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


A continuación le detallamos los efectos que produce el reconocimiento de una sentencia extranjera en España:

Efecto Registral. El reconocimiento de la sentencia de divorcio extranjera en España deriva en la inscripción del divorcio en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto se traduce en que el divorcio dictado en el extranjero se reconoce en España e impide que los Tribunales españoles vuelvan a tener conocimiento de un divorcio, separación o nulidad que ya ha sido resuelto por un juez extranjero.

Efecto Constitutivo. Se inscribirá en el Registro Civil español, lo que dota de un efecto jurídico frente a terceros en todo el territorio español.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibiremos toda la documentación, la cual debe estar debidamente apostillada y traducida, si es su caso (los países latinos no necesitan traducción), se presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera (es decir, exequátur) en el Juzgado correspondiente al lugar donde se desea que se despliegue sus efectos, y le enviaremos una copia sellada por el Juzgado.

El Juzgado deberá admitir a trámite la solicitud y deberá notificar a su ex-pareja en el país en el que tenga fijado el domicilio, donde es muy importante conocer el domicilio efectivo de su ex, para evitar retrasos excesivos en el procedimiento, evitando comisiones rogatorias a terceros países con lo que ello conlleva,

Una vez se haya procedido a notificar a su ex-pareja, se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal la solicitud de exequátur, para que este compruebe que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las homologaciones de nuestro ordenamiento jurídico.

Y llegados a este punto, solo falta esperar a que el Juzgado  dicte sentencia con la concesión del exequátur, procediendo a inscribir (de oficio o lo que es lo mismo: El Juzgado dará orden para que su nuevo estado civil se inscriba en el registro que corresponda a Zagra) su nuevo estado civil en el Registro civil.

El tiempo aproximado que tarda en resolverse el procedimiento de exequátur, desde la presentación de la Solicitud en el Juzgado hasta que se concede el exequátur, puede oscilar entre algunos meses hasta incluso año y medio, siempre dependiendo del volumen de asuntos del Juzgado, las posibilidades de notificación y la entrega de la debida documentación.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Zafarraya

Abogados para Exequátur de Divorcio en Zafarraya

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Zafarraya


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Zafarraya, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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Para que una sentencia dictada por un país extranjero tenga efectos jurídicos en España, esta debe cumplir ciertos requisitos que garanticen que lo dictado en ella se basa en legislación acorde a nuestro ordenamiento jurídico.

El procedimiento de exequátur está regulado en la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional. Por tanto, es importante tener presente que legislación aplicar, y ser abogado especialista en procedimientos de exequatur en Zafarraya, y aplicar la nueva Ley 29/2015.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Estos son los efectos que se derivan del reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de una sentencia dictada por un juez extranjero:

Efecto Registral. Se inscribe su divorcio en el Registro Civil Español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto significa que su divorcio, separación o nulidad ya no podrá ser conocido por parte de los Tribunales Españoles, es decir, no será posible iniciar esta misma demanda de divorcio en España, ya que se decretó el divorcio con anterioridad en el país extranjero, y resuelto por el Juez extranjero. Tendrá plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo. Se permitirá inscribir en el Registro Civil Español, lo que posibilita que esto esté dotado de efectos jurídicos ante terceros en todo el territorio nacional.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibiremos toda la documentación, la cual debe estar debidamente apostillada y traducida, si es su caso (los países latinos no necesitan traducción), se presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera (es decir, exequátur) en el Juzgado correspondiente al lugar donde se desea que se despliegue sus efectos, y le enviaremos una copia sellada por el Juzgado.

El Juzgado deberá admitir a trámite la solicitud y deberá notificar a su ex-pareja en el país en el que tenga fijado el domicilio, donde es muy importante conocer el domicilio efectivo de su ex, para evitar retrasos excesivos en el procedimiento, evitando comisiones rogatorias a terceros países con lo que ello conlleva,

Tras ser notificada a la parte contraria, se deberá dar traslado al Ministerio Fiscal,  para asegurar que la sentencia que se desea homologar se ajusta a la Ley española.

Así las cosas, lo siguiente es esperar la homologación de la sentencia dictada en el extranjero (exequátur) por parte del Juzgado, donde una vez concedido el exequátur, dará orden de inscribir de forma automática su nuevo estado civil en el registro civil de Zafarraya, lo cual tiene efectos en toda España.

Es un procedimiento complejo procesalmente, lo que conlleva cierto tiempo de resolución, en concreto, el tiempo aproximado de resolución del exequátur varía entre 6 meses hasta año y medio, dependiendo el Juzgado, del volumen de trabajo de este, y de las notificaciones a cada parte, así como a presentar toda la documentación requerida de forma correcta.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Víznar

Abogados para Exequátur de Divorcio en Víznar

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Víznar


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Víznar, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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El fin último del exequátur es tanto el reconocimiento como la ejecución en España de una sentencia dictada por los tribunales de un país extranjero.

El procedimiento de reconocimiento de sentencias extranjeras o exequátur está regulado en la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional. Es importante contar con abogados especialistas en exequátur en Víznar, desde TeDivorcio.com tenemos amplia experiencia en este tipo de procedimientos complejos, donde es importante saber aplicar la nueva Ley 29/2015.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


A continuación le detallamos los efectos que produce el reconocimiento de una sentencia extranjera en España:

Efecto Registral. El reconocimiento de la sentencia de divorcio extranjera en España deriva en la inscripción del divorcio en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto se traduce en que el divorcio dictado en el extranjero se reconoce en España e impide que los Tribunales españoles vuelvan a tener conocimiento de un divorcio, separación o nulidad que ya ha sido resuelto por un juez extranjero.

Efecto Constitutivo. Se inscribirá en el Registro Civil español, lo que dota de un efecto jurídico frente a terceros en todo el territorio español.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Una vez recibamos la documentación, con la debida Apostilla de la Haya, y traducida si es necesario (solo las lenguas extranjeras deben hacerlo, los países latinos no), se presentará una solicitud de Homologación de sentencia extranjera, o lo que es lo mismo: exequátur, siendo el Juzgado de la zona donde quiera aplicar sus efectos donde debe presentarse, poniendo nosotros a su disposición una copia sellada por el Juzgado cuando así usted lo necesite.

El Juzgado deberá admitir a trámite la solicitud y deberá notificar a su ex-pareja en el país en el que tenga fijado el domicilio, donde es muy importante conocer el domicilio efectivo de su ex, para evitar retrasos excesivos en el procedimiento, evitando comisiones rogatorias a terceros países con lo que ello conlleva,

Una vez se haya notificado a la parte contraria, se dará traslado a la fiscalía, para que esta compruebe que la sentencia se ajusta a la legislación española.

Así las cosas, lo siguiente es esperar la homologación de la sentencia dictada en el extranjero (exequátur) por parte del Juzgado, donde una vez concedido el exequátur, dará orden de inscribir de forma automática su nuevo estado civil en el registro civil de Víznar, lo cual tiene efectos en toda España.

Es un procedimiento complejo procesalmente, lo que conlleva cierto tiempo de resolución, en concreto, el tiempo aproximado de resolución del exequátur varía entre 6 meses hasta año y medio, dependiendo el Juzgado, del volumen de trabajo de este, y de las notificaciones a cada parte, así como a presentar toda la documentación requerida de forma correcta.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Villanueva Mesía

Abogados para Exequátur de Divorcio en Villanueva Mesía

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Villanueva Mesía


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Villanueva Mesía, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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Para que una sentencia dictada por un país extranjero tenga efectos jurídicos en España, esta debe cumplir ciertos requisitos que garanticen que lo dictado en ella se basa en legislación acorde a nuestro ordenamiento jurídico.

El procedimiento de exequátur esta regulado por la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional, es importante contar con abogados especializados en procedimientos exequátur en Villanueva Mesía, ya que esta ley tiene cierta complejidad jurídica, en TeDivorcio.com tenemos dilatada experiencia en este tipo de procedimientos exequátur de reconocimiento de sentencias de divorcio dictadas en países extranjeros, puede contar con nosotros para conseguir el reconocimiento en España de sentencias de otros países.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Estos son los efectos que se derivan del reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de una sentencia dictada por un juez extranjero:

Efecto Registral. Se inscribe su divorcio en el Registro Civil Español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto significa que su divorcio, separación o nulidad ya no podrá ser conocido por parte de los Tribunales Españoles, es decir, no será posible iniciar esta misma demanda de divorcio en España, ya que se decretó el divorcio con anterioridad en el país extranjero, y resuelto por el Juez extranjero. Tendrá plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo. Se permitirá inscribir en el Registro Civil Español, lo que posibilita que esto esté dotado de efectos jurídicos ante terceros en todo el territorio nacional.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibiremos toda la documentación, la cual debe estar debidamente apostillada y traducida, si es su caso (los países latinos no necesitan traducción), se presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera (es decir, exequátur) en el Juzgado correspondiente al lugar donde se desea que se despliegue sus efectos, y le enviaremos una copia sellada por el Juzgado.

El Juzgado seguro admite a trámite la solicitud de exequátur y notificará a su ex-pareja la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera realizado por usted, por lo que es muy importante conocer su domicilio exacto y sin lugar a dudas, para evitar excesivos retrasos del procedimiento, ya de por si algo complejo procesalmente, ya que no es recomendable solicitar comisiones rogatorias a otros países, pues son muy lentas,

Una vez se haya notificado a la parte contraria, se dará traslado a la fiscalía, para que esta compruebe que la sentencia se ajusta a la legislación española.

Y por último, el Juzgado concederá el exequátur si lo cree conveniente, y se  inscribirá de oficio (automáticamente) en el Registro Civil que corresponda a Villanueva Mesía, modificando así su estado civil.

El tiempo en conceder el exequátur oscila entre 6 meses, hasta 18 meses, siempre aproximado, ya que depende del volumen de trabajo del Juzgado, la entrega correcta de la documentación así como las notificaciones positivas a cada una de las partes.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Villanueva de las Torres

Abogados para Exequátur de Divorcio en Villanueva de las Torres

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Villanueva de las Torres


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Villanueva de las Torres, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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Para que una sentencia dictada por un país extranjero tenga efectos jurídicos en España, esta debe cumplir ciertos requisitos que garanticen que lo dictado en ella se basa en legislación acorde a nuestro ordenamiento jurídico.

El procedimiento de reconocimiento de sentencias extranjeras o exequátur está regulado en la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional. Es importante contar con abogados especialistas en exequátur en Villanueva de las Torres, desde TeDivorcio.com tenemos amplia experiencia en este tipo de procedimientos complejos, donde es importante saber aplicar la nueva Ley 29/2015.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Le detallamos los efectos que tendrá el reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de la sentencia dictada por un Juez extranjero:

Efecto Registral. Se permite que se registre en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Muy importante, ya que esto significa que respecto a su divorcio, separación o nulidad ya no se podrá interponer demanda en los Tribunales Españoles, es decir, los Jueces españoles ya no podrán conocer sobre ese asunto, debido a que ha sido juzgado por un Tribunal extranjero y la sentencia dictada por este tiene plena validez jurídica en España, teniendo plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo.Se permite que dicha sentencia sea reconocida y el divorcio, separación o nulidad sea inscrito en el Registro Civil Español, lo que permite que tenga efectos jurídicos ante terceros en toda España.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Una vez recibamos la documentación, con la debida Apostilla de la Haya, y traducida si es necesario (solo las lenguas extranjeras deben hacerlo, los países latinos no), se presentará una solicitud de Homologación de sentencia extranjera, o lo que es lo mismo: exequátur, siendo el Juzgado de la zona donde quiera aplicar sus efectos donde debe presentarse, poniendo nosotros a su disposición una copia sellada por el Juzgado cuando así usted lo necesite.

El Juzgado admite a trámite la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera, o también conocido como exequátur, y notifica debidamente a su ex, su intención de solicitar el reconocimiento de sentencia de país extranjero en nuestro país (España), y evitamos los favores por parte de terceros países son comisiones rogatorias tediosas y complicadas.

Una vez se haya notificado a la parte contraria, se dará traslado a la fiscalía, para que esta compruebe que la sentencia se ajusta a la legislación española.

Y llegados a este punto, solo falta esperar a que el Juzgado  dicte sentencia con la concesión del exequátur, procediendo a inscribir (de oficio o lo que es lo mismo: El Juzgado dará orden para que su nuevo estado civil se inscriba en el registro que corresponda a Villanueva de las Torres) su nuevo estado civil en el Registro civil.

El tiempo aproximado que tarda en resolverse el procedimiento de exequátur, desde la presentación de la Solicitud en el Juzgado hasta que se concede el exequátur, puede oscilar entre algunos meses hasta incluso año y medio, siempre dependiendo del volumen de asuntos del Juzgado, las posibilidades de notificación y la entrega de la debida documentación.


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Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Villamena

Abogados para Exequátur de Divorcio en Villamena

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Villamena


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Villamena, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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Para que una sentencia dictada por un país extranjero tenga efectos jurídicos en España, esta debe cumplir ciertos requisitos que garanticen que lo dictado en ella se basa en legislación acorde a nuestro ordenamiento jurídico.

El procedimiento de exequátur tiene cierta complejidad jurídica, está regulado en la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional, por tanto, es importante contar con un abogado especializado en exequátur en Villamena, que tengan amplia experiencia en aplicar la Ley 29/2015, en TeDivorcio.com somos abogados expertos en procedimientos exequátur de reconocimiento de sentencias de divorcio dictadas en el extranjero.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Estos son los efectos que se derivan del reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de una sentencia dictada por un juez extranjero:

Efecto Registral. Se inscribe su divorcio en el Registro Civil Español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto significa que su divorcio, separación o nulidad ya no podrá ser conocido por parte de los Tribunales Españoles, es decir, no será posible iniciar esta misma demanda de divorcio en España, ya que se decretó el divorcio con anterioridad en el país extranjero, y resuelto por el Juez extranjero. Tendrá plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo. Se permitirá inscribir en el Registro Civil Español, lo que posibilita que esto esté dotado de efectos jurídicos ante terceros en todo el territorio nacional.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Una vez recibamos la documentación, con la debida Apostilla de la Haya, y traducida si es necesario (solo las lenguas extranjeras deben hacerlo, los países latinos no), se presentará una solicitud de Homologación de sentencia extranjera, o lo que es lo mismo: exequátur, siendo el Juzgado de la zona donde quiera aplicar sus efectos donde debe presentarse, poniendo nosotros a su disposición una copia sellada por el Juzgado cuando así usted lo necesite.

El Juzgado deberá admitir a trámite la solicitud y deberá notificar a su ex-pareja en el país en el que tenga fijado el domicilio, donde es muy importante conocer el domicilio efectivo de su ex, para evitar retrasos excesivos en el procedimiento, evitando comisiones rogatorias a terceros países con lo que ello conlleva,

Una vez se haya procedido a notificar a su ex-pareja, se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal la solicitud de exequátur, para que este compruebe que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las homologaciones de nuestro ordenamiento jurídico.

Y llegados a este punto, solo falta esperar a que el Juzgado  dicte sentencia con la concesión del exequátur, procediendo a inscribir (de oficio o lo que es lo mismo: El Juzgado dará orden para que su nuevo estado civil se inscriba en el registro que corresponda a Villamena) su nuevo estado civil en el Registro civil.

Es un procedimiento complejo procesalmente, lo que conlleva cierto tiempo de resolución, en concreto, el tiempo aproximado de resolución del exequátur varía entre 6 meses hasta año y medio, dependiendo el Juzgado, del volumen de trabajo de este, y de las notificaciones a cada parte, así como a presentar toda la documentación requerida de forma correcta.


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