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Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Aroche

Abogados para Exequátur de Divorcio en Aroche

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Aroche


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Aroche, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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El fin último del exequátur es tanto el reconocimiento como la ejecución en España de una sentencia dictada por los tribunales de un país extranjero.

La Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional es la que regula en nuestro país el procedimiento de exequátur, por tanto, es importante contar con los servicios de abogados especialistas en procedimiento de exequátur en Aroche, que tengan amplia experiencia en aplicar la Ley 29/2015, en TeDivorcio.com somos abogados expertos en este tipo de procedimientos.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Le detallamos los efectos que tendrá el reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de la sentencia dictada por un Juez extranjero:

Efecto Registral. Se permite que se registre en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Muy importante, ya que esto significa que respecto a su divorcio, separación o nulidad ya no se podrá interponer demanda en los Tribunales Españoles, es decir, los Jueces españoles ya no podrán conocer sobre ese asunto, debido a que ha sido juzgado por un Tribunal extranjero y la sentencia dictada por este tiene plena validez jurídica en España, teniendo plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo.Se permite que dicha sentencia sea reconocida y el divorcio, separación o nulidad sea inscrito en el Registro Civil Español, lo que permite que tenga efectos jurídicos ante terceros en toda España.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibiremos toda la documentación, la cual debe estar debidamente apostillada y traducida, si es su caso (los países latinos no necesitan traducción), se presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera (es decir, exequátur) en el Juzgado correspondiente al lugar donde se desea que se despliegue sus efectos, y le enviaremos una copia sellada por el Juzgado.

El Juzgado seguro admite a trámite la solicitud de exequátur y notificará a su ex-pareja la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera realizado por usted, por lo que es muy importante conocer su domicilio exacto y sin lugar a dudas, para evitar excesivos retrasos del procedimiento, ya de por si algo complejo procesalmente, ya que no es recomendable solicitar comisiones rogatorias a otros países, pues son muy lentas,

Tras ser notificada a la parte contraria, se deberá dar traslado al Ministerio Fiscal,  para asegurar que la sentencia que se desea homologar se ajusta a la Ley española.

Y por último, el Juzgado concederá el exequátur si lo cree conveniente, y se  inscribirá de oficio (automáticamente) en el Registro Civil que corresponda a Aroche, modificando así su estado civil.

El tiempo en conceder el exequátur oscila entre 6 meses, hasta 18 meses, siempre aproximado, ya que depende del volumen de trabajo del Juzgado, la entrega correcta de la documentación así como las notificaciones positivas a cada una de las partes.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Aracena

Abogados para Exequátur de Divorcio en Aracena

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Aracena


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Aracena, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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El fin último del exequátur es tanto el reconocimiento como la ejecución en España de una sentencia dictada por los tribunales de un país extranjero.

El procedimiento de exequátur esta regulado por la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional, es importante contar con abogados especializados en procedimientos exequátur en Aracena, ya que esta ley tiene cierta complejidad jurídica, en TeDivorcio.com tenemos dilatada experiencia en este tipo de procedimientos exequátur de reconocimiento de sentencias de divorcio dictadas en países extranjeros, puede contar con nosotros para conseguir el reconocimiento en España de sentencias de otros países.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


A continuación le detallamos los efectos que produce el reconocimiento de una sentencia extranjera en España:

Efecto Registral. El reconocimiento de la sentencia de divorcio extranjera en España deriva en la inscripción del divorcio en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto se traduce en que el divorcio dictado en el extranjero se reconoce en España e impide que los Tribunales españoles vuelvan a tener conocimiento de un divorcio, separación o nulidad que ya ha sido resuelto por un juez extranjero.

Efecto Constitutivo. Se inscribirá en el Registro Civil español, lo que dota de un efecto jurídico frente a terceros en todo el territorio español.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibimos la documentación, la que debe estar apostillada debidamente y traducida si no es lengua española, y presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera, o lo que es lo mismo exequátur, en el Juzgado que corresponda al lugar donde deben aplicarse sus efectos, donde pondremos a su disposición una copia firmada por el Juzgado.

El Juzgado deberá admitir a trámite la solicitud y deberá notificar a su ex-pareja en el país en el que tenga fijado el domicilio, donde es muy importante conocer el domicilio efectivo de su ex, para evitar retrasos excesivos en el procedimiento, evitando comisiones rogatorias a terceros países con lo que ello conlleva,

Una vez se haya procedido a notificar a su ex-pareja, se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal la solicitud de exequátur, para que este compruebe que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las homologaciones de nuestro ordenamiento jurídico.

Y por último, el Juzgado concederá el exequátur si lo cree conveniente, y se  inscribirá de oficio (automáticamente) en el Registro Civil que corresponda a Aracena, modificando así su estado civil.

Es un procedimiento complejo procesalmente, lo que conlleva cierto tiempo de resolución, en concreto, el tiempo aproximado de resolución del exequátur varía entre 6 meses hasta año y medio, dependiendo el Juzgado, del volumen de trabajo de este, y de las notificaciones a cada parte, así como a presentar toda la documentación requerida de forma correcta.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Alosno

Abogados para Exequátur de Divorcio en Alosno

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Alosno


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Alosno, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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El fin último del exequátur es tanto el reconocimiento como la ejecución en España de una sentencia dictada por los tribunales de un país extranjero.

El procedimiento de exequátur está regulado en la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional. Por tanto, es importante tener presente que legislación aplicar, y ser abogado especialista en procedimientos de exequatur en Alosno, y aplicar la nueva Ley 29/2015.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Le detallamos los efectos que tendrá el reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de la sentencia dictada por un Juez extranjero:

Efecto Registral. Se permite que se registre en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Muy importante, ya que esto significa que respecto a su divorcio, separación o nulidad ya no se podrá interponer demanda en los Tribunales Españoles, es decir, los Jueces españoles ya no podrán conocer sobre ese asunto, debido a que ha sido juzgado por un Tribunal extranjero y la sentencia dictada por este tiene plena validez jurídica en España, teniendo plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo.Se permite que dicha sentencia sea reconocida y el divorcio, separación o nulidad sea inscrito en el Registro Civil Español, lo que permite que tenga efectos jurídicos ante terceros en toda España.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibimos la documentación, la que debe estar apostillada debidamente y traducida si no es lengua española, y presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera, o lo que es lo mismo exequátur, en el Juzgado que corresponda al lugar donde deben aplicarse sus efectos, donde pondremos a su disposición una copia firmada por el Juzgado.

El Juzgado admite a trámite la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera, o también conocido como exequátur, y notifica debidamente a su ex, su intención de solicitar el reconocimiento de sentencia de país extranjero en nuestro país (España), y evitamos los favores por parte de terceros países son comisiones rogatorias tediosas y complicadas.

Una vez se haya notificado a la parte contraria, se dará traslado a la fiscalía, para que esta compruebe que la sentencia se ajusta a la legislación española.

Y llegados a este punto, solo falta esperar a que el Juzgado  dicte sentencia con la concesión del exequátur, procediendo a inscribir (de oficio o lo que es lo mismo: El Juzgado dará orden para que su nuevo estado civil se inscriba en el registro que corresponda a Alosno) su nuevo estado civil en el Registro civil.

El tiempo en conceder el exequátur oscila entre 6 meses, hasta 18 meses, siempre aproximado, ya que depende del volumen de trabajo del Juzgado, la entrega correcta de la documentación así como las notificaciones positivas a cada una de las partes.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Almonte

Abogados para Exequátur de Divorcio en Almonte

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Almonte


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Almonte, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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El fin último del exequátur es tanto el reconocimiento como la ejecución en España de una sentencia dictada por los tribunales de un país extranjero.

El procedimiento de exequátur esta regulado por la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional, es importante contar con abogados especializados en procedimientos exequátur en Almonte, ya que esta ley tiene cierta complejidad jurídica, en TeDivorcio.com tenemos dilatada experiencia en este tipo de procedimientos exequátur de reconocimiento de sentencias de divorcio dictadas en países extranjeros, puede contar con nosotros para conseguir el reconocimiento en España de sentencias de otros países.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Estos son los efectos que se derivan del reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de una sentencia dictada por un juez extranjero:

Efecto Registral. Se inscribe su divorcio en el Registro Civil Español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto significa que su divorcio, separación o nulidad ya no podrá ser conocido por parte de los Tribunales Españoles, es decir, no será posible iniciar esta misma demanda de divorcio en España, ya que se decretó el divorcio con anterioridad en el país extranjero, y resuelto por el Juez extranjero. Tendrá plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo. Se permitirá inscribir en el Registro Civil Español, lo que posibilita que esto esté dotado de efectos jurídicos ante terceros en todo el territorio nacional.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Una vez recibamos la documentación, con la debida Apostilla de la Haya, y traducida si es necesario (solo las lenguas extranjeras deben hacerlo, los países latinos no), se presentará una solicitud de Homologación de sentencia extranjera, o lo que es lo mismo: exequátur, siendo el Juzgado de la zona donde quiera aplicar sus efectos donde debe presentarse, poniendo nosotros a su disposición una copia sellada por el Juzgado cuando así usted lo necesite.

El Juzgado seguro admite a trámite la solicitud de exequátur y notificará a su ex-pareja la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera realizado por usted, por lo que es muy importante conocer su domicilio exacto y sin lugar a dudas, para evitar excesivos retrasos del procedimiento, ya de por si algo complejo procesalmente, ya que no es recomendable solicitar comisiones rogatorias a otros países, pues son muy lentas,

Tras ser notificada a la parte contraria, se deberá dar traslado al Ministerio Fiscal,  para asegurar que la sentencia que se desea homologar se ajusta a la Ley española.

Y por último, el Juzgado concederá el exequátur si lo cree conveniente, y se  inscribirá de oficio (automáticamente) en el Registro Civil que corresponda a Almonte, modificando así su estado civil.

El tiempo aproximado que tarda en resolverse el procedimiento de exequátur, desde la presentación de la Solicitud en el Juzgado hasta que se concede el exequátur, puede oscilar entre algunos meses hasta incluso año y medio, siempre dependiendo del volumen de asuntos del Juzgado, las posibilidades de notificación y la entrega de la debida documentación.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Almonaster la Real

Abogados para Exequátur de Divorcio en Almonaster la Real

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Almonaster la Real


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Almonaster la Real, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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Con el procedimiento de Exequátur, nuestro ordenamiento jurídico busca garantizar que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las garantías necesarias para su reconocimiento y posterior ejecución en España de dicha sentencia.

El procedimiento de exequátur tiene cierta complejidad jurídica, está regulado en la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional, por tanto, es importante contar con un abogado especializado en exequátur en Almonaster la Real, que tengan amplia experiencia en aplicar la Ley 29/2015, en TeDivorcio.com somos abogados expertos en procedimientos exequátur de reconocimiento de sentencias de divorcio dictadas en el extranjero.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Estos son los efectos que se derivan del reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de una sentencia dictada por un juez extranjero:

Efecto Registral. Se inscribe su divorcio en el Registro Civil Español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto significa que su divorcio, separación o nulidad ya no podrá ser conocido por parte de los Tribunales Españoles, es decir, no será posible iniciar esta misma demanda de divorcio en España, ya que se decretó el divorcio con anterioridad en el país extranjero, y resuelto por el Juez extranjero. Tendrá plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo. Se permitirá inscribir en el Registro Civil Español, lo que posibilita que esto esté dotado de efectos jurídicos ante terceros en todo el territorio nacional.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibimos la documentación, la que debe estar apostillada debidamente y traducida si no es lengua española, y presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera, o lo que es lo mismo exequátur, en el Juzgado que corresponda al lugar donde deben aplicarse sus efectos, donde pondremos a su disposición una copia firmada por el Juzgado.

El Juzgado admite a trámite la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera, o también conocido como exequátur, y notifica debidamente a su ex, su intención de solicitar el reconocimiento de sentencia de país extranjero en nuestro país (España), y evitamos los favores por parte de terceros países son comisiones rogatorias tediosas y complicadas.

Tras ser notificada a la parte contraria, se deberá dar traslado al Ministerio Fiscal,  para asegurar que la sentencia que se desea homologar se ajusta a la Ley española.

Así las cosas, lo siguiente es esperar la homologación de la sentencia dictada en el extranjero (exequátur) por parte del Juzgado, donde una vez concedido el exequátur, dará orden de inscribir de forma automática su nuevo estado civil en el registro civil de Almonaster la Real, lo cual tiene efectos en toda España.

El tiempo aproximado que tarda en resolverse el procedimiento de exequátur, desde la presentación de la Solicitud en el Juzgado hasta que se concede el exequátur, puede oscilar entre algunos meses hasta incluso año y medio, siempre dependiendo del volumen de asuntos del Juzgado, las posibilidades de notificación y la entrega de la debida documentación.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en El Almendro

Abogados para Exequátur de Divorcio en El Almendro

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en El Almendro


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en El Almendro, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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Con el procedimiento de Exequátur, nuestro ordenamiento jurídico busca garantizar que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las garantías necesarias para su reconocimiento y posterior ejecución en España de dicha sentencia.

La Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional es la que regula en nuestro país el procedimiento de exequátur, por tanto, es importante contar con los servicios de abogados especialistas en procedimiento de exequátur en El Almendro, que tengan amplia experiencia en aplicar la Ley 29/2015, en TeDivorcio.com somos abogados expertos en este tipo de procedimientos.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Le detallamos los efectos que tendrá el reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de la sentencia dictada por un Juez extranjero:

Efecto Registral. Se permite que se registre en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Muy importante, ya que esto significa que respecto a su divorcio, separación o nulidad ya no se podrá interponer demanda en los Tribunales Españoles, es decir, los Jueces españoles ya no podrán conocer sobre ese asunto, debido a que ha sido juzgado por un Tribunal extranjero y la sentencia dictada por este tiene plena validez jurídica en España, teniendo plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo.Se permite que dicha sentencia sea reconocida y el divorcio, separación o nulidad sea inscrito en el Registro Civil Español, lo que permite que tenga efectos jurídicos ante terceros en toda España.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Una vez recibamos la documentación, con la debida Apostilla de la Haya, y traducida si es necesario (solo las lenguas extranjeras deben hacerlo, los países latinos no), se presentará una solicitud de Homologación de sentencia extranjera, o lo que es lo mismo: exequátur, siendo el Juzgado de la zona donde quiera aplicar sus efectos donde debe presentarse, poniendo nosotros a su disposición una copia sellada por el Juzgado cuando así usted lo necesite.

El Juzgado deberá admitir a trámite la solicitud y deberá notificar a su ex-pareja en el país en el que tenga fijado el domicilio, donde es muy importante conocer el domicilio efectivo de su ex, para evitar retrasos excesivos en el procedimiento, evitando comisiones rogatorias a terceros países con lo que ello conlleva,

Una vez se haya procedido a notificar a su ex-pareja, se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal la solicitud de exequátur, para que este compruebe que la sentencia dictada en el extranjero cumple con las homologaciones de nuestro ordenamiento jurídico.

Y por último, el Juzgado concederá el exequátur si lo cree conveniente, y se  inscribirá de oficio (automáticamente) en el Registro Civil que corresponda a El Almendro, modificando así su estado civil.

El tiempo en conceder el exequátur oscila entre 6 meses, hasta 18 meses, siempre aproximado, ya que depende del volumen de trabajo del Juzgado, la entrega correcta de la documentación así como las notificaciones positivas a cada una de las partes.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Aljaraque

Abogados para Exequátur de Divorcio en Aljaraque

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Aljaraque


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Aljaraque, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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El fin último del exequátur es tanto el reconocimiento como la ejecución en España de una sentencia dictada por los tribunales de un país extranjero.

El procedimiento de exequátur está regulado en la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional. Por tanto, es importante tener presente que legislación aplicar, y ser abogado especialista en procedimientos de exequatur en Aljaraque, y aplicar la nueva Ley 29/2015.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Estos son los efectos que se derivan del reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de una sentencia dictada por un juez extranjero:

Efecto Registral. Se inscribe su divorcio en el Registro Civil Español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Esto significa que su divorcio, separación o nulidad ya no podrá ser conocido por parte de los Tribunales Españoles, es decir, no será posible iniciar esta misma demanda de divorcio en España, ya que se decretó el divorcio con anterioridad en el país extranjero, y resuelto por el Juez extranjero. Tendrá plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo. Se permitirá inscribir en el Registro Civil Español, lo que posibilita que esto esté dotado de efectos jurídicos ante terceros en todo el territorio nacional.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Una vez recibamos la documentación, con la debida Apostilla de la Haya, y traducida si es necesario (solo las lenguas extranjeras deben hacerlo, los países latinos no), se presentará una solicitud de Homologación de sentencia extranjera, o lo que es lo mismo: exequátur, siendo el Juzgado de la zona donde quiera aplicar sus efectos donde debe presentarse, poniendo nosotros a su disposición una copia sellada por el Juzgado cuando así usted lo necesite.

El Juzgado seguro admite a trámite la solicitud de exequátur y notificará a su ex-pareja la solicitud de reconocimiento de sentencia extranjera realizado por usted, por lo que es muy importante conocer su domicilio exacto y sin lugar a dudas, para evitar excesivos retrasos del procedimiento, ya de por si algo complejo procesalmente, ya que no es recomendable solicitar comisiones rogatorias a otros países, pues son muy lentas,

Una vez se haya notificado a la parte contraria, se dará traslado a la fiscalía, para que esta compruebe que la sentencia se ajusta a la legislación española.

Y por último, el Juzgado concederá el exequátur si lo cree conveniente, y se  inscribirá de oficio (automáticamente) en el Registro Civil que corresponda a Aljaraque, modificando así su estado civil.

El tiempo aproximado que tarda en resolverse el procedimiento de exequátur, desde la presentación de la Solicitud en el Juzgado hasta que se concede el exequátur, puede oscilar entre algunos meses hasta incluso año y medio, siempre dependiendo del volumen de asuntos del Juzgado, las posibilidades de notificación y la entrega de la debida documentación.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Abogados especializados en Exequátur – Sentencia de divorcio en Alájar

Abogados para Exequátur de Divorcio en Alájar

Exequátur - reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras


Exequátur: Reconocimiento de sentencias de divorcio del extranjero en España, en Alájar


El procedimiento de exequátur en España es un procedimiento que existe para el reconocimiento de sentencias extranjeras en nuestro país. Por tanto, lo que busca este procedimiento es comprobar que la sentencia dictada en el país extranjero cumple con los requisitos  indispensables para que esta sea reconocida y homologada en España.

En TeDivorcio.com somos abogados especializados en Exequátur en Alájar, gestionamos el procedimiento con la mayor diligencia y profesionalidad , acortando al máximo los plazos con el fin de solucionar este trámite absolutamente necesario para nuestro cliente.

Este procedimiento de exequátur está regulado en España por las normas de la Unión Europea y también por los tratados internacionales firmados por España, además de en la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil.


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El fin último del exequátur es tanto el reconocimiento como la ejecución en España de una sentencia dictada por los tribunales de un país extranjero.

El procedimiento de exequátur esta regulado por la Ley 29/2015, de 30 de julio, de Cooperación Jurídica Internacional, es importante contar con abogados especializados en procedimientos exequátur en Alájar, ya que esta ley tiene cierta complejidad jurídica, en TeDivorcio.com tenemos dilatada experiencia en este tipo de procedimientos exequátur de reconocimiento de sentencias de divorcio dictadas en países extranjeros, puede contar con nosotros para conseguir el reconocimiento en España de sentencias de otros países.


Efectos que se derivan del reconocimiento en España de sentencias dictadas en el extranjero.


Le detallamos los efectos que tendrá el reconocimiento por parte de los Tribunales Españoles de la sentencia dictada por un Juez extranjero:

Efecto Registral. Se permite que se registre en el Registro Civil español.

Efecto de “Cosa Juzgada”. Muy importante, ya que esto significa que respecto a su divorcio, separación o nulidad ya no se podrá interponer demanda en los Tribunales Españoles, es decir, los Jueces españoles ya no podrán conocer sobre ese asunto, debido a que ha sido juzgado por un Tribunal extranjero y la sentencia dictada por este tiene plena validez jurídica en España, teniendo plenos efectos jurídicos en todo el país.

Efecto Constitutivo.Se permite que dicha sentencia sea reconocida y el divorcio, separación o nulidad sea inscrito en el Registro Civil Español, lo que permite que tenga efectos jurídicos ante terceros en toda España.


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Documentación necesaria para la concesión del Exequátur


A continuación le detallamos la documentación necesaria para solicitar el exequátur:

a) Copia auténtica de la Sentencia, debidamente legalizada o apostillada.     ¿Cómo consigo que la sentencia tenga la apostilla de la Haya?

b) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite que la Sentencia es firme, debidamente legalizado o apostillado.

c) Certificado emitido por el tribunal extranjero que acredite de que la Sentencia ha sido notificada al demandado o en su caso, que ha sido dictada en rebeldía, debidamente legalizado o apostillado.

d) Fotocopia legalizada del DNI del solicitante.

e) Convenio regulador, debidamente legalizado o apostillado (si el divorcio ha sido de mutuo acuerdo).

f) Traducción jurada de la Sentencia, de los certificados y del convenio regulador, si están en un idioma diferente al español.

g) Certificado literal de matrimonio.

h) Certificado literal de nacimiento de hijos (si los hubiera).

i) Poder general para pleitos a nombre de Procurador y Abogado. Si los cónyuges residen en el extranjero, podrán emitirlo en el Consulado español. 


¿Una vez presentada la solicitud cuánto tiempo tardaré en obtener una resolución?



El tiempo de tramitación de los expedientes de exequatur es muy variable, ya que depende de varios factores pudiendo así resolverse entre 3 meses y 2 años.

El problema reside en la necesidad de notificar al cónyuge no solicitante, mediante comisión rogatoria internacional la tramitación del procedimiento de exequatur a fin que éste pueda oponerse. Por ello, en muchas ocasiones, los Juzgados españoles tendrán que colaborar con Juzgados de otros Estados, lo que retrasa considerablemente el procedimiento.


Es por esto que los “exequátur de mutuo acuerdo” son más rápidos


Para acelerar los trámites se recomienda hacer una solicitud de exequátur de mutuo acuerdo, ello es, que ambos cónyuges en el extranjero realicen en el Consulado español un poder para pleitos conjunto, no siendo en estos casos necesario realizar la notificación antes señalada.
En su defecto, también se acelerarán los trámites si facilitamos el domicilio de nuestro ex-cónyuge en el extranjero.

Además, tenemos que señalar, que parte de la jurisprudencia entiende que en el caso de que nos hallemos ante un exequátur de una sentencia de divorcio de mutuo acuerdo no será necesario practicar notificación alguna a su expareja.


Así es el procedimiento.


Recibimos la documentación, la que debe estar apostillada debidamente y traducida si no es lengua española, y presentará solicitud de Homologación de sentencia extranjera, o lo que es lo mismo exequátur, en el Juzgado que corresponda al lugar donde deben aplicarse sus efectos, donde pondremos a su disposición una copia firmada por el Juzgado.

El Juzgado deberá admitir a trámite la solicitud y deberá notificar a su ex-pareja en el país en el que tenga fijado el domicilio, donde es muy importante conocer el domicilio efectivo de su ex, para evitar retrasos excesivos en el procedimiento, evitando comisiones rogatorias a terceros países con lo que ello conlleva,

Una vez se haya notificado a la parte contraria, se dará traslado a la fiscalía, para que esta compruebe que la sentencia se ajusta a la legislación española.

Y por último, el Juzgado concederá el exequátur si lo cree conveniente, y se  inscribirá de oficio (automáticamente) en el Registro Civil que corresponda a Alájar, modificando así su estado civil.

El tiempo aproximado que tarda en resolverse el procedimiento de exequátur, desde la presentación de la Solicitud en el Juzgado hasta que se concede el exequátur, puede oscilar entre algunos meses hasta incluso año y medio, siempre dependiendo del volumen de asuntos del Juzgado, las posibilidades de notificación y la entrega de la debida documentación.


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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Divorcio Express: Divorcio/separación de mutuo acuerdo sin hijos ni patrimonio en Zufre

Divorcio Express: Divorcio/separación de mutuo acuerdo sin hijos ni patrimonio en Zufre

Divorcio Express: Divorcio o separación de mutuo acuerdo sin hijos ni patrimonio en Zufre

El divorcio express o divorcio/separación de mutuo acuerdo sin hijos y sin patrimonio en Zufre, consiste en la disolución del vinculo matrimonial (solo con el divorcio, con la separación no se rompe este vinculo y se mantiene), que da por finalizados los efectos jurídicos del mismo, como son las obligaciones de tipo sucesorias, así como las obligaciones de índole tributaria o incluso social, no así con la separación, que no rompe este vínculo.

Se trata de un procedimiento de divorcio consensuado, lo que agiliza enormemente los plazos, de forma que en unos 4 meses puede tener dictada la sentencia de divorcio en los Juzgados de Zufre, no suelen existir discrepancias respecto a pensiones y reparto de inventario, y además, se comparte abogado y procurador (ambos son obligatorios en este tipo de procedimiento judicial), lo que reduce enormemente el coste, pues cabe la posibilidad de compartir gastos.

Se presenta en los Juzgados del partido judicial que corresponda a Zufre la demanda de divorcio, junto con el convenio regulador, a continuación, su Señoría comprobará que tanto la demanda de divorcio, como el convenio regulador son acordes a derecho y que ambos quieren dar por finalizado su matrimonio.

A continuación, su Señoría Juez o Jueza emplazará una fecha de ratificación (firmar de nuevo el convenio regulador), de forma que ambas partes deberán ratificar o firmar el convenio regulador acordado, y mediante la ratificación, ambas partes muestran su expresa voluntad de poner fin a su matrimonio, donde a partir de dicha firma, solo cabe esperar que su Señoría dicte sentencia de divorcio o separación, en aproximadamente 1 mes.

Todo depende del Juzgado, pero en aproximadamente 1 mes puede estar inscrita su nuevo estado civil en el registro civil de Zufre

En el divorcio o separación de mutuo acuerdo sin hijos y sin bienes ambas partes pueden comparecer con un mismo abogado y procurador, reduciendo en gran medida los costes del procedimiento.

Al estar ante un procedimiento consensuado, un divorcio de mutuo acuerdo sin hijos y sin patrimonio, también denominado divorcio express, permite que sea un procedimiento que pueda realizarse totalmente a distancia, se trata, por tanto, de un divorcio online, no siendo necesaria una reunión presencial, de forma que una vez contacte con nosotros a través de nuestra sección de contactar, o nos llame por teléfono o incluso nos envíe un mensaje por whatsapp, le enviaremos un presupuesto, y con su aceptación, empezaremos a gestionar su divorcio o separación, le aseguramos una total profesionalidad, somos abogados colegiados y especializados en derecho de familia, así como en todo lo relativo a procedimientos de familia.

Se trata de un procedimiento muy rápido, en muy pocos días se puede proceder a la disolución y liquidación de su régimen económico matrimonial.

Las ventajas de contratar con nosotros su divorcio o separación son muchas: nuestros precios imbatibles, y nuestra profesionalidad, con abogados matrimonialistas le ofrecerán un excelente servicio y atención personalizada.

Pasos a seguir

Paso 1 : Vaya a la sección de Formulario de divorcio y rellene dicho formulario, solo le pedimos los datos básicos para empezar a gestionar su divorcio (son absolutamente necesarios), recuerde que en la primera opción, debe seleccionar “divorcio/separación de mutuo acuerdo sin hijos ni patrimonio” :

Formulario de divorcio

Paso 2 : Una vez haya rellenado el formulario, nos pondremos en contacto con usted, por tanto, es muy importante que en dicho formulario inserte correctamente su número de teléfono y su correo electrónico.

Le solicitaremos la documentación necesaria, que normalmente suele ser la siguiente :

  • Certificado de empadronamiento de ambas partes.
  • Copia de DNI de ambos.

Le indicaremos un número de cuenta a fin de que nos haga el ingreso de nuestros honorarios.

Paso 3 : Le enviaremos el convenio regulador, a fin de que nos de su visto bueno, tanto usted como la otra parte, y junto con la demanda de divorcio, le daremos traslado al procurador, a fin de que lo presente en el Juzgado. En aproximadamente 1 a 3 meses máximo (depende del Juzgado), tendrá la sentencia de divorcio.

Trabajamos en Zufre, pero no es necesario que tengamos una reunión presencial, podemos gestionar todo su divorcio o separación de mutuo acuerdo en Zufre de forma online, y sin necesidad de reunirnos.

Nuestros Honorarios

Nuestro honorarios por tramitar y gestionar un divorcio o separación de mutuo acuerdo sin hijos ni patrimonio en Zufre son de :

360 euros , que incluye :

  • Procurador (su representación en el proceso es obligatoria)
  • Estudio del asunto con atención personalizada por uno de nuestros abogados.
  • Estudio de la documentación aportada.
  • Elaboración y presentación de la demanda de divorcio.
  • Elaboración y presentación del convenio regulador.
  • Seguimiento de todo el procedimiento judicial, con atención personalizada por uno de nuestros abogados.

No obstante, si tiene alguna duda sobre el proceso, o de cualquier otra índole, no dude en contactar con nosotros, lo puede hacer tanto telefónicamente como mediante whats app,  además de solicitarnos presupuesto, estaremos encantados de responder sus dudas referentes a este proceso de divorcio/separación :

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Le recordamos que tenemos otros servicios relativos a su divorcio según sea su situación personal, como son:

Divorcio Express: Divorcio/separación de mutuo acuerdo sin hijos ni patrimonio en Zalamea la Real

Divorcio Express: Divorcio/separación de mutuo acuerdo sin hijos ni patrimonio en Zalamea la Real

Divorcio Express: Divorcio o separación de mutuo acuerdo sin hijos ni patrimonio en Zalamea la Real

El divorcio express o divorcio/separación de mutuo acuerdo sin hijos y sin patrimonio en Zalamea la Real, consiste en la disolución del vinculo matrimonial (solo con el divorcio, con la separación no se rompe este vinculo y se mantiene), que da por finalizados los efectos jurídicos del mismo, como son las obligaciones de tipo sucesorias, así como las obligaciones de índole tributaria o incluso social, no así con la separación, que no rompe este vínculo.

Con el divorcio de mutuo acuerdo se da por finalizadas las obligaciones propias del matrimonio, como son obligaciones de tipo fiscal, de vida en común y social, y se da por finalizado el vínculo matrimonial, liberándose de ciertas obligaciones inherentes al matrimonio, y debido a que al ser de mutuo acuerdo y sin hijos, no suele haber obligaciones relativas a pensiones y demás, a no ser que se acuerde lo contrario. Es un proceso rápido, sencillo y económico, ya que con un solo abogado y procurador se puede presentar en los Juzgados que correspondan a Zalamea la Real.

Se presenta en los Juzgados del partido judicial que corresponda a Zalamea la Real la demanda de divorcio, junto con el convenio regulador, a continuación, su Señoría comprobará que tanto la demanda de divorcio, como el convenio regulador son acordes a derecho y que ambos quieren dar por finalizado su matrimonio.

El siguiente paso es el de ratificación del convenio regulador, de forma que se determinará una fecha de ratificación o firma, donde ambas partes deberá confirmar los términos acordados en el convenio regulador y mostrando así su clara y expresa voluntad de poner fin a su matrimonio, donde seguidamente, y en el plazo aproximado de 1 mes, su Señoría dictará sentencia de divorcio o separación.

El cambio en el registro civil que corresponda a Zalamea la Real tarda en estar activo 1 mes aproximadamente, dando por finalizado todo el proceso.

Los costes, en el procedimiento de divorcio o separación de mutuo acuerdo sin hijos y sin patrimonio, se ven reducidos, debido también, a que no es necesaria la división de patrimonio, y el hecho de ser un procedimiento consensuado, y que con un mismo abogado y procurador asistiendo a ambas partes ya sea posible iniciar el procedimiento, facilita una importante reducción de costes.

En este tipo de procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo sin hijos y sin patrimonio, al ser consensuado, es posible realizar todos los trámites a distancia, vía telefónica, o por email, no siendo necesaria una reunión con nosotros, por tanto, una vez rellene nuestro formulario de divorcio o contacte con nosotros a través de nuestra sección de contactar, o nos llame por teléfono o incluso un mensaje por whatsapp, le enviaremos un presupuesto, y con su aceptación, empezaremos a gestionar su divorcio o separación, le aseguramos una total profesionalidad, somos abogados colegiados y especializados en derecho de familia, así como en todo lo relativo a derecho de familia.

Se trata de un procedimiento muy rápido, en muy pocos días se puede proceder a la disolución y liquidación de su régimen económico matrimonial.

Las ventajas de contratar con nosotros su divorcio o separación son muchas: nuestros precios imbatibles, y nuestra profesionalidad, con abogados matrimonialistas le ofrecerán un excelente servicio y atención personalizada.

Pasos a seguir

Paso 1 : Vaya a la sección de Formulario de divorcio y rellene dicho formulario, solo le pedimos los datos básicos para empezar a gestionar su divorcio (son absolutamente necesarios), recuerde que en la primera opción, debe seleccionar “divorcio/separación de mutuo acuerdo sin hijos ni patrimonio” :

Formulario de divorcio

Paso 2 : Una vez haya rellenado el formulario, nos pondremos en contacto con usted, por tanto, es muy importante que en dicho formulario inserte correctamente su número de teléfono y su correo electrónico.

Le solicitaremos la documentación necesaria, que normalmente suele ser la siguiente :

  • Certificado de empadronamiento de ambas partes.
  • Copia de DNI de ambos.

Le indicaremos un número de cuenta a fin de que nos haga el ingreso de nuestros honorarios.

Paso 3 : Le enviaremos el convenio regulador, a fin de que nos de su visto bueno, tanto usted como la otra parte, y junto con la demanda de divorcio, le daremos traslado al procurador, a fin de que lo presente en el Juzgado. En aproximadamente 1 a 3 meses máximo (depende del Juzgado), tendrá la sentencia de divorcio.

Trabajamos en Zalamea la Real, pero no es necesario que tengamos una reunión presencial, podemos gestionar todo su divorcio o separación de mutuo acuerdo en Zalamea la Real de forma online, y sin necesidad de reunirnos.

Nuestros Honorarios

Nuestro honorarios por tramitar y gestionar un divorcio o separación de mutuo acuerdo sin hijos ni patrimonio en Zalamea la Real son de :

360 euros , que incluye :

  • Procurador (su representación en el proceso es obligatoria)
  • Estudio del asunto con atención personalizada por uno de nuestros abogados.
  • Estudio de la documentación aportada.
  • Elaboración y presentación de la demanda de divorcio.
  • Elaboración y presentación del convenio regulador.
  • Seguimiento de todo el procedimiento judicial, con atención personalizada por uno de nuestros abogados.

No obstante, si tiene alguna duda sobre el proceso, o de cualquier otra índole, no dude en contactar con nosotros, lo puede hacer tanto telefónicamente como mediante whats app,  además de solicitarnos presupuesto, estaremos encantados de responder sus dudas referentes a este proceso de divorcio/separación :

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